Las concejalías de Tradiciones Populares y Ocupación de Vía Pública del Ayuntamiento de Nerja informan que se abre desde el próximo lunes 29 de enero el plazo para solicitud de instalación de barras para la festividad de Carnaval 2024 para asociaciones y colectivos de Nerja y Maro. El plazo de solicitudes, que entrarán en el Registro de Entrada General, estará abierto hasta el día 5 de febrero , lunes a las 12:00 horas.
Las barras serán adjudicadas por sorteo el 5 de febrero a las 13:00 horas en Sala de reuniones de la tercera planta siempre y en cuando se compruebe que cumplen con los requisitos necesarios y habiendo solicitado en plazo establecido , que tenga las asociaciones la documentación actualizada y con la presencia un componente de cada asociación.
Una vez sorteada las barras deberán de presentar las siguiente documentación:
1- Documento de autorización de instalación eléctrica.
2- Póliza de seguro de responsabilidad civil y recibo de abono.
3- Informe emitido por el Patronato de Recaudación Provincial en el que conste que se encuentra al corriente de pago con la Administración Local y del Estado.
4- Si se manipulasen alimentos, deberán cumplir estrictamente la normativa vigente en materia sanitaria, debiendo contar su personal con las habilitaciones y/o autorizaciones pertinentes, en concreto carné de manipulador de alimentos, conforme a lo establecido en el Real Decreto 202/2000 de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos.
5- Declaración responsable que exime de toda responsabilidad al Excmo. Ayuntamiento de Nerja de las acciones civiles o penales que pudieran derivar del incumplimiento de las leyes vigentes y en especial por la venta de alcohol a menor de la edad permitida por ley y de la venta de drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, que está totalmente prohibidas por Ley.
6- Declaración jurada de aceptación de las normas de obligado cumplimiento para la instalación, uso y explotación de barra con motivo de la festividad de Carnaval 2024.
7- Para la autorización se podrá requerir más documentación de la ya explícita en esta nota, si se estima necesario.
8- Las barras no se podrán subcontratar, debiendo ser explotada por los miembros de la entidad adjudicataria.
9- Las barras deberán de estar abiertas según horario establecido por el ayuntamiento.
10- Cada barra adjudicada deberá tener un carteles 2×2 metros, indicando que asociación es.