El concejal de Comercio, Javier López, informa que el Ayuntamiento trabaja para prestar toda su colaboración en la reactivación de la actividad comercial del municipio, una vez que las diferentes fases de la desescalada del confinamiento van a permitir que se vaya recuperando la normalidad. Por ello, además de los incentivos concretos que van a comenzar a aplicar para paliar el daño económico que está produciendo el coronavirus en el sector, ofrece información y asesoramiento a través del teléfono 952548436, el whatsapp 647900441 y el correo electrónico industrial@nerja.es, recordando que existe un catálogo de trámites telemáticos en el área de Comercio de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, para los que se precisa certificado digital.
También recuerda que, desde ayer lunes, 4 de mayo, puede abrir los comercios de menos de 400 metros cuadrados, cumpliendo las medidas del Ministerio de Sanidad, que fundamentalmente son las siguientes:
– Podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma, a excepción de aquellos que tengan una superficie de más de 400 metros cuadrados.
– Se establecerá un sistema de cita previa que garantice la permanencia en el interior del establecimiento o local en un mismo momento de un único cliente por cada trabajador, sin que se puedan habilitar zonas de espera en el interior de los mismos.
– Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo (10 a 12 h. y de 19 a 20h).
– Las actividades de hostelería y restauración podrán realizarse mediante servicios de entrega a domicilio y mediante la recogida de pedidos por los clientes en los establecimientos correspondientes, quedando prohibido el consumo en el interior de los establecimientos. Estos establecimientos solo podrán permanecer abiertos al público durante el horario de recogida de pedidos. Se asegurará de que todos los trabajadores cuenten con equipos de protección individual adecuados al nivel de riesgo.
– La distancia entre vendedor o proveedor de servicios y cliente durante todo el proceso de atención al cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barreras, o de aproximadamente dos metros sin estos elementos, debiendo señalarse con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización.
– Los establecimientos y locales deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos en la entrada del local. Además, deberán disponer de papeleras con tapa de accionamiento no manual, dotadas con una bolsa de basura.
– No se podrá poner a disposición de los clientes productos de prueba.
– En las tiendas de venta de ropa, las prendas probadas y no adquiridas por un cliente deben ser higienizadas antes de facilitarse a otro cliente.
– Se deberá garantizar una ventilación adecuada de los establecimientos y locales, además de limpiarse y desinfectarse adecuadamente al menos dos veces al día.