Ante el incomprensible retraso de la comparecencia del Presidente del Gobierno, para anunciar las medidas derivadas de la declaración del Estado de Alarma, y ante la evidencia de que parte de la población no está atendiendo a las recomendaciones preventivas anunciadas por la Junta de Andalucía, el alcalde de Nerja, José Alberto Armijo, ha dado instrucciones a la Policía Local para que se proceda al cierre temporal de bares, cafeterías, restaurantes y demás establecimientos de hostelería.
El alcalde se acoge a la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que contempla en el artículo 1 que las Administraciones Públicas, dentro del ámbito de sus competencias, al objeto de proteger la salud pública y prevenir su pérdida o deterioro, pueden adoptar las medidas previstas en la citada Ley cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad Resultando que el art. 21 m, que atribuye al Alcalde la competencia para adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, las medidas necesarias y adecuadas, en caso de catástrofe o de infortunios públicos o grave riesgo de los mismos.